AL PARECER HABRA QUE ACUSAR CONSTITUCIONALMENTE AL MINISTRO BULNES
Con fecha 17 de agosto de 2011 el Ministro de Educación en un acto de clarísima connotación política destinado a apaciguar al movimiento estudiantil y ciudadano, se comprometió con el país a hacer cumplir la ley que prohíbe el lucro en las universidades privadas: señaló a la prensa “Nos encargaremos de fiscalizar que esta prohibición se cumpla, tanto en su letra como en su espíritu…”. ¿Ha cumplido el Ministro con la palabra empeñada? ¿Puede cumplirla con la actual legislación? ¿Intentan el Ministro y el señor Presidente de la República dejar sin sanción la violación de la ley? ¿Se va a emplear el proyecto de ley que crea la Superintendencia de Educación Superior como un argumento para no investigar el pasado inmediato? ¿Puede ser acusado constitucionalmente el Ministro de Educación por no investigar ahora mismo el lucro universitario?
Digamos desde luego que la Ley de Educación vigente, cuyo cumplimiento y ejecución corresponde precisamente al Ministerio de Educación y no al de Justicia, faculta al señor Bulnes para sancionar a las universidades que violan la normativa legal que las regula. Porque existe dicha normativa y además en atención al valor que algunos ciudadanos asignamos a la palabra empeñada, sobre todo si se trata de un Ministro de Estado, profesores y estudiantes de distintas universidades presentamos con fecha 2 de septiembre y 19 de octubre de 2011, dos solicitudes ante el Ministerio de Educación para que se investigara y sancionara a las universidades que lucran (las presentaciones en www.ericeduardopalma.cl, publicaciones, educación). En las presentaciones se señalan al menos 19 diligencias a realizar y se identifican posibles violaciones a la ley. La única respuesta obtenida hasta ahora ha sido el absoluto silencio del Ministro y la inacción del Ministerio





