Por: Eric Eduardo Palma | Publicado: 10.11.2019 - eldesconcierto.cl

Del ruido de sables y el ruido de cacerolas, respuestas ante la “cuestión social” Chile, ©Kramm | Marcha Territorial San Ramon Fotografia ©Nicole Kramm Caifal

Es evidente que existe el riesgo de una salida violenta ante esta profunda crisis, pero, también es evidente que hay otra salida enteramente legítima, la demandada por este movimiento pluriclasista, el “pueblo unido y despierto”, como es la aprobación de una ley que convoque a una Asamblea Constituyente (respetando de este modo el derecho del pueblo soberano para decidir sobre su Constitución).

Por  Eric Palma - derecho.uchile.cl

Columna de opinión publicada por el profesor del Departamento de Ciencias del Derecho y senador universitario en Radio Universidad de Chile el día 17 de agosto de 2017.

El Estatuto de la Universidad de Chile (Decreto con Fuerza de ley Nº3, de 10 de marzo de 2006, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº153, de 1981) es una ley de la república, más precisamente, un Decreto con Fuerza de Ley. Para su dictación el Presidente de la época, Ricardo Lagos, obtuvo autorización del Congreso Nacional que le delegó la facultad legislativa. Lagos, a su vez, recibió de la comunidad universitaria liderada por el rector Luis Riveros, un proyecto de Estatuto que hizo suyo.

El Gobierno de turno presentó al país, en menos de un año, dos regulaciones para las universidades estatales. La propuesta 2017 es un auténtico retroceso respecto de la de 2016, en temas tan relevantes como: matrícula; gasto público; rol de la universidad estatal; principios que deben guiarlas; democratización; y relevancia de la comunidad universitaria.